“Tendrías que estar chiflado para emitir hoy un bono en Nueva York”[1]
A pocos días del debate en la ONU sobre una convención especial para la deuda, uno de los mayores especialistas latinoamericanos en el sistema financiero mundial sostiene que Singer también dañó al propio sistema y a Nueva York como sede de emisión.
Por Martín Granovsky
Economista, el peruano Oscar Ugarteche investiga en la Universidad Nacional Autónoma de México y preside ALAI, Agencia Latinoamericana de Información. De paso por Buenos Aires, fue uno de los expositores en el encuentro de análisis sobre los buitres organizado por Clacso, Giges y Latindadd.
– ¿Contra quién es la pelea con los fondos buitre?
– El marco es mundial. La Argentina es la metáfora del conflicto entre cierto sector del capital financiero internacional y los Estados soberanos. Y la muestra de que la arquitectura financiera internacional tal como está ya no sirve.
– ¿Los buitres son una banda marginal del sistema financiero o pertenecen al corazón de ese sistema y parecen marginales por su estilo?
– Las formas agresivas del capital financiero se expresan mejor en este tipo de fondos, que podemos llamar fondos de cobertura. NML Elliott, en particular, es solo uno más en el sector de punta del capital financiero internacional. Es su sector más dinámico, con intervención en commodities, en monedas, en aseguramiento de créditos, en seguros de default... Estos fondos actúan de un modo menos elegante que los demás. Compran los papeles de la deuda cuando el país en cuestión ya arregló su deuda. Y compran un monto muy pequeño, pero la rentabilidad calculada es de un 1600 por ciento. No está mal ese margen para un negocio, ¿no?
– Aunque sean diez años.
–Aunque sean diez años, sí. El punto es que esa rentabilidad se extrae con coerción, más que cobrada. El caso más dramático fue el del Congo. Un país inmensamente pobre al que estos miserables le practicaron hasta trabajos de inteligencia como mínimo privados y no sé si también mixtos, público-privados, chantajes, cambios de legislación, cargamontones...
– Traducido del peruano al argentino sería patoterismo.
–Si exageran con esa forma, deslegitimarán el dólar como moneda de crédito, las cortes de Nueva York como sitios de resolución de conflictos de crédito y los mecanismos de refinanciación de deuda. O sea que no le dispararon a la Argentina sino a la médula de cómo opera el complejo financiero internacional. Es muy serio. No solo trataron de dañar al país sino que lograron dañar las propias tripas.
– ¿Por qué lo hicieron? ¿Son suicidas?
–En la falta de escrúpulos olvidaron un detalle: si tú le cobras al último deudor y el juez falla que la cobranza a favor del último acreedor puede ser diferente que la del primero, sentará un precedente peligroso. La violación del principio de pari passu es precisamente eso: “Al primero le pago cinco y al último cien”. ¿Por qué los demás no te van a pedir el cien? Si un fondo buitre gana un juicio así, en el momento de ganar invalidará todos los mecanismos de reestructuración de la deuda de los últimos doscientos años.
– ¿Los fondos buitre ignoran esos doscientos años por qué motivo?
– Es una parte no calculada de su acción. No creo que a Elliott le interese deslegitimar el dólar como la moneda de crédito internacional y a Nueva York como el centro jurídico para operaciones financieras. Pero ya lo hizo. De ahora en más, cualquier gobierno pensará tres veces dónde emitirá el bono. Si eres sudamericano, tendrías que estar chiflado para emitir en Nueva York. Emitirás en Londres, en San Pablo, en Buenos Aires... Donde sea.
– Sin embargo, un país puede llegar a la conclusión de que no le conviene emitir deuda en Nueva York pero podría suceder que la correlación de fuerzas le impida tomar una decisión conveniente.
– Ahí juega la ideología. Pero hablando de política real y de finanzas reales, el que toma prestado tratará de reducir su riego lo más posible. Es fundamental disminuir el riesgo de que operen estos agentes.
– Decías antes que los fondos buitre se meten cuando ya hay un principio de solución de la deuda y no antes.
– Así pasó con Perú, con el Congo, con Panamá, con Ecuador y con Brasil. Compraron cuando los Estados habían entrado en el Plan Brady.
–El Brady también contemplaba una quita.
– También era parte de los doscientos años de historia. Un banco agente compra todos los papeles sueltos en el mercado, se los entrega al Estado y canjea unos bonos por otros. En el caso del Perú, cuando el banco elegido, el Swiss Bank, le entrega al Estado el paquete de la deuda, quedaron fuera cuatro instrumentos que sumaban veinte millones de dólares. Los compraron a precio vil, al cinco por ciento de su valor. Una pregunta es ¿cómo supieron que esos cuatro instrumentos existían? Otra pregunta es: ¿por qué no entregó el Swiss Bank esos cuatro papeles que obligarían al pago junto con los otros 3984 que sí entregó? La tercera duda es sobre los tiempos. Perú todavía estaba en el período de quince días que va del cierre del swap a su finalización. Sin embargo, no se presentaron en esos quince días. El resultado es que luego esos cuatro papeles fueron llevados a la Justicia y comenzó un juicio contra el Perú por el monto íntegro del valor nominal de los papeles más todos los intereses acumulados desde 1983. El juicio terminó quince años después, en 1998. Habían pagado diez millones de dólares. Cobraron 166 millones. Magnífica rentabilidad. La manera en que lograron cobrar fue luego de embargar las cuentas peruanas de los bancos. Usaron el sistema Swift. Como era un monto pagable, el Estado peruano pagó, aunque tuvo que hacerlo tras operaciones de coerción. Los abogados designados por el Perú hicieron todo lo posible por argumentar que el fondo había comprado los papeles con la finalidad de enjuiciar al Perú para cobrar. En su defensa, ellos dijeron que habían comprado para cobrar y no para enjuiciar. Ridículo: no se puede cobrar sin juicio. Pero bueno... Así desvirtuaron el principio Champerty. Surgió de la jurisprudencia neoyorquina y dice que una deuda comprada con la finalidad de enjuiciar al cliente para cobrar de mala manera no debe ser respetada. En algunos casos de países africanos la Justicia aplicó ese principio y en otros casos no. Dependía de los montos en juego. Paul Singer logró que la Justicia dejara de lado el principio Champerty.
– La etapa decisiva del juicio fue contra el gobierno de Alberto Fujimori convertido ya en dictadura. Argentina es una democracia que renegoció la mayoría de su deuda ¿Los fondos distinguen políticamente sus blancos?
– Su objeto es hacer dinero. Si el juicio escala puede entrar la política, porque entonces buscan penalizar a alguien argumentando que hizo algo que a ellos no les gusta. Como Singer pone los abogados, los inversionistas aportan cada uno de los amicus curiae ante la Justicia para que declaren a favor de los buitres. Allí también actúan funcionarios del Departamento de Estado. ¿Por qué? ¿Por dinero propio o por mandato del Departamento de Estado? Y si actúan por mandato, ¿cuál es el mensaje? Tal vez sería que el deudor no se olvide de las cortes neoyorquinas en la solución de problemas de deuda. No olvide que el dólar es la moneda de contratación. No olvide que si no se porta bien pasan estas cosas. Mi impresión es que con el Perú el mensaje era éste: “Recuerden que su deuda estuvo impaga durante 16 años. Es un período muy largo y no lo aceptaremos”. En el caso argentino el metadiscurso es aún más complicado.
– ¿Cuál sería?
–“No nos gusta lo que ustedes están haciendo.” En la prensa internacional sale una parte de la realidad, como la inflación, pero no qué hacen los buitres. Un artículo miserable de The Economist dijo que la Argentina tenía problemas de deuda. Mentira. Lo que tiene la Argentina es un juicio llevado de mala manera.
– ¿Cuál es el destinatario del metamensaje?
–El universo. Ecuador salió corriendo muy rápido y pagó toda la deuda suelta con los buitres. Liquidó el tema antes de que reventara.
– ¿Hizo bien o hizo mal?
– No lo sé. Sé que tomó el mensaje y resolvió el tema cuando pudo. Era poco dinero. Pero el mensaje también estaba dirigido a España, a Italia, a Grecia, a Portugal, a Irlanda: No se les ocurra seguir el camino argentino de reducción importante de saldos. La Argentina de hecho termina jugando en la cancha europea. El de Ecuador fue un caso de realpolitik. Decidieron no perder tiempo ante un costo tan insignificante. No tenían los ecuatorianos el problema de la Argentina, de que el 92,4 por ciento de los bonistas reclamara por un arreglo.
– El Congreso peruano investigó ya hace más de diez años la cuestión de los bonistas y a Singer.
– Tuvo contactos con el banco agente del Perú que hacía las operaciones para el canje del Plan Brady, con abogados peruanos de influencia en el Estado y, pensamos, aunque nunca lo logramos demostrar, con inversionistas peruanos. Singer se conecta con el Departamento de Estado, el del Tesoro, la gran banca y la prensa. Y naturalmente con el Fondo Monetario. La gran prensa termina haciendo campañas de desinformación y así alimentan a los jueces. Si el juez lee seguido que el grueso de la deuda quedó impaga, algo terminará reteniendo.
– ¿Para qué le sirve a Singer su influencia en el Congreso ganada por medio de las donaciones de campaña?
– En primer lugar, para conseguir legislación útil a sus propios intereses. Como quienes controlan el Congreso son los republicanos, les ponen la plata a los republicanos. Si fuera al revés les pondrían el dinero a los demócratas.
– ¿Qué relación tiene esto con la arquitectura financiera internacional?
– Trabajé ocho años en un libro que acaba de salir en la UNAM. Logré aprender que los cambios se producen cuando los niveles de riesgo ya no los resuelven las instituciones existentes y entonces hay que crear nuevas instituciones. El juicio contra la Argentina hizo visible que no funcionan ni para una parte de los banqueros. Para George Soros, por ejemplo. Y el juicio se produce al mismo tiempo que surgen fenómenos como la creación del banco de los Brics y su fondo de estabilización. ¿Habrá un clearing que sustituya o complemente el sistema Swift? ¿Nuevos mercados donde emitir los bonos? ¿Otra jurisprudencia? ¿Otros sitios para la solución de las controversias? ¿Una nueva apelación a la Doctrina Drago?
– Pero la Doctrina Drago de 1902 hablaba contra la posibilidad de cobrar las deudas mediante la presión bélica y la guerra.
– Por eso hablé de una nueva apelación.
– Todas las preguntas dan la sensación de preguntas retóricas. ¿Debo suponer que la respuesta a cada una es afirmativa?
– Claro, mi respuesta es sí. Sí podemos hacer un gran cambio en la arquitectura para reflejar mejor la estructura de poder global.
[1] Entrevista publicada por el diario argentino Página 12, domingo 7 de septiembre de 2014. Disponible en Web: http://bit.ly/1pHOB0L
El triunfo de la perseverancia: La resolución del G77+China ante la ONU sobre deuda soberana
Oscar Ugarteche[1]
El G-77+China (conformado por más de 130 países) aprobó en el marco de la Asamblea General del 9 de septiembre de 2014, la propuesta de crear un mecanismo de reestructuración de deuda soberana sustentado en la Organización de Naciones Unidas (ONU). Dado que todos los países del G-7 (Alemania, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón y Gran Bretaña) son altamente endeudados (usando la definición del Banco Mundial de más de ciento por ciento de la deuda en relación al PIB), este mecanismo podría aplicarse más allá de las economías emergentes y en desarrollo para abarcar a todos los países que suscriban el mismo. En adelante, tendrán un año para construir el mecanismo pudiendo seguir los lineamientos de la UNCITRAL (Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional).[2][1]
La votación a favor representa un triunfo latinoamericano liderado por Argentina y propuesto por Bolivia. Recibió el apoyo de todos los países de América Latina a excepción de México. Costa Rica y el Perú cambiaron su voto en el último momento. Sin embargo, es una mala noticia para la mayoría de las organizaciones de la sociedad civil europea que trabajan el tema de la deuda si se toma en cuenta que sus gobiernos emitieron los votos en contra. La excepción es Noruega, que ha tomado una postura positiva sobre el asunto. En América Latina, los profesores Oscar Ugarteche y Alberto Acosta propusieron una Tribunal Internacional de deuda soberana construido desde la ONU, publicado en español en 2006 por Polis y en inglés en el 2007 por el Finnish Journal of Latin American Studies. Esto diferencia su propuesta de la de otros países europeos y de la del propio Fondo Monetario Internacional (FMI). Desde el 2000, el mundo se dirigía hacia una crisis de deuda y no existían mecanismos en ciernes, como mostraron Argentina en el 2001 y Uruguay en el 2002.
La profesora Anne Krueger propuso en 2001 desde el FMI y con el apoyo de la ONU, un mecanismo de reestructuración de la deuda soberana (SDRM por sus siglas en inglés) que operaría dentro de casa. El argumento era que había mucho contagio financiero. El proyecto fue echado abajo por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos en agosto del 2002. John Taylor ha escrito cómo la ayuda del Departamento del Tesoro en el caso de Uruguay, en agosto de 2002, facilitó la recuperación económica de dicho país,[3] lo que fue una detonante para acabar con la iniciativa del SDRM.
Únicamente en el 2014, después del caso del fondo de inversión NML Capital contra Argentina y del fallo final del juez Griesa, quien ordena que los últimos acreedores que no han restructurado, cobren más que los primeros que renegociaron su deuda, es que quedó en evidencia que hay un problema financiero de carácter sistémico. La respuesta no tardó en llegar por parte de la Asociación Internacional del Mercado de Capitales (ICMA por sus siglas en inglés), el mismo día que la iniciativa del G-77+China se introdujo en la Asamblea General para su votación, el 29 de agosto del 2014.
Las reformas propuestas por el ICMA, respaldadas por el Tesoro de Estados Unidos, en esencia afirman que las reglas estadounidenses aplicadas sobre Argentina están equivocadas. Afirman que "[…] el emisor no tendrá ninguna obligación de pago igual o catastral en cualquier momento con respecto a cualquier otra deuda externa y, en particular, no estará obligado a pagar otra deuda externa en el mismo tiempo o como condición para el pago de las cantidades adeudadas bajo los bonos y viceversa".[4] Al mismo tiempo acaban con el pari passu.
En segundo lugar, reducen los umbrales para el numero de tenedores de bonos que puedan entrar en una negociación "que se transmite por la mayoría de: (A) al menos el 66 2/3 por ciento del monto del capital total de los títulos de deuda en circulación de las series afectadas; y (B) más de 50 por ciento del monto total del capital de los valores en cada una de las series afectadas [...]". Estas reformas van en la dirección correcta, pero son insuficientes.
El G77+China ha hecho una incursión en la internacionalización de las cortes, la ley y la jurisdicción que será resistida por los once países que votaron en contra: Alemania, Reino Unido, Estados Unidos, Israel, Japón, Australia, Canadá, Hungría, República Checa, Irlanda y Finlandia. A favor votaron Brasil, Rusia, India, China, Sudáfrica, (BRICS) más la mayoría de América Latina, África y Asia. Las abstenciones vinieron básicamente de Medio Oriente y los países insulares más algunos nuevos países europeos junto con Francia, Grecia, España e Italia. En cuanto a la abstención gala, es sorprendente dado que el Club de París tiene por sede el Tesoro francés, mientras que los países mediterráneos con alto endeudamiento se mostraron renuentes a asustar a los mercados financieros internacionales. La abstención de Francia debe por tanto verse como un voto en contra, y la de los países mediterráneos como un voto a favor.
La reacción de la representante de Washington, Terri Robl, puso sobre la mesa el hecho de que no esperaban la presentación de la propuesta, y mucho menos que obtendría mayoría absoluta de votos. La estadounidense sostuvo que un mecanismo (de reestructuración de deuda) se está discutiendo actualmente en el FMI si bien, en el 2002, el Departamento del Tesoro bloqueó al SDRM a cambio de un mecanismo de mercado. El segundo argumento en contra de Robl es que iba a crearse incertidumbre económica, punto que no fue levantado ni en el año 2002 ni en el más reciente debate del ICMA. El lanzamiento del UNCITRAL no creó ninguna incertidumbre. También dijo que en el pasado, el Tesoro había preferido los mecanismos de mercado, recordándole a los memoriosos sobre lo ocurrido en el 2002.
En suma, la resolución ante la ONU es un golpe al dominio de todos los mecanismos legales relacionados con las finanzas de parte del capital financiero internacional, y es un primer paso en la dirección correcta hacia la construcción de un mecanismo global para las finanzas globales. El gobierno de Estados Unidos odiará esto, pero no importa, los problemas globales requieren soluciones globales, independientemente de las creencias del Departamento de Estado y el ICMA y del equipo del Proyecto para el Nuevo Siglo Americano. Otro mundo es posible y vamos para allá.
Disponible: Aqui
[1] Economista peruano, trabaja en el Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM, México. Miembro del SNI/Conacyt. Coordinador del Observatorio Económico de América Latina (OBELA) www.obela.org y presidente de ALAI www.alainet.org. Miembro de Latindadd.
[2] ONU. “Resolution on sovereign debt restructuring adopted by general assembly establishes multilateral framework for countries to emerge from financial commitments”, en http://bit.ly/ZgNvUO.
[3] Taylor, John B. “The 2002 Uruguayan Financial Crisis: Five Years Later”, en http://stanford.io/ZiAc67.
[4] IMCA. “Sovereign debt information”, en http://bit.ly/1py54um.
Observando la preocupación expresada en la declaración de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de los 77 y China sobre el tema “Hacia un nuevo orden mundial para vivir bien”, celebrada en Santa Cruz de la Sierra (Estado Plurinacional de Bolivia) los días 14 y 15 de junio de 2014, con respecto a los denominados “fondos buitre” y el carácter altamente especulativo de sus actividades, que constituyen un peligro para todos los procesos futuros de reestructuración de la deuda, tanto para los países en desarrollo como para los desarrollados.
Destacando, en este contexto, la importancia de establecer un conjunto claro de principios para gestionar y resolver las crisis financieras que tenga en cuenta la obligación de los acreedores de deuda soberana de obrar de buena fe y con espíritu de cooperación para pactar una reorganización consensuada de la deuda de Estados soberanos.
Reconoce la función que desempeñan las Naciones Unidas y las instituciones financieras internacionales, de conformidad con sus respectivos mandatos, y las alienta a que sigan apoyando los esfuerzos mundiales por lograr el desarrollo sostenible y una solución duradera del problema de la deuda de los países en desarrollo.
Decide elaborar y aprobar, mediante un proceso de negociaciones intergubernamentales y con carácter prioritario, en su sexagésimo noveno período de sesiones, un marco jurídico multilateral para los procesos de reestructuración de la deuda soberana con miras a, entre otras cosas, aumentar la eficiencia, la estabilidad y la previsibilidad del sistema financiero internacional, y lograr un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equitativo y desarrollo sostenible, de conformidad con las circunstancias y prioridades nacionales.
Un embajador en las Naciones Unidas le preguntó a su colega de la Argentina por qué ahora. “La pregunta es por qué no antes”, dijo Marita Perceval, que le respondió al embajador. Ambos hablaban de la votación en la ONU impulsada por el Grupo de los 77 más China para conseguir la redacción de un proyecto de marco legal sobre reestructuración de deudas soberanas que pueda ser aprobado en la Asamblea General de la ONU de 2015.
“El Grupo de los 77 lleva 12 años tratando de que la ONU avance en cuestiones relacionadas con la deuda soberana de los países”, dijo Perceval desde Nueva York en diálogo telefónico con Página/12. “Muchas veces, para rechazar iniciativas como ésta, nos dijeron que este tipo de temas tiene que salir por consenso, y que entonces no convenía votar. Pero también en asuntos de derechos humanos o de derechos sociales es frecuente el voto en lugar del consenso. Me niego a pensar que el voto sea un delito.”
La ONU aprobó buscar, textualmente, el “establecimiento de un marco jurídico multilateral para los procesos de reestructuración de la deuda soberana”. El problema, según el documento votado a favor por 130 países, en contra por sólo 11 y con la abstención de 41 (muchos de los cuales participarán de la negociación del documento futuro), es la imprevisibilidad que da la falta de un marco y el peligro de los que llama “fondos de cobertura”, o sea fondos buitre. La meta consiste en “aumentar la eficiencia, la estabilidad y la previsibilidad del sistema financiero internacional, y lograr un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equitativo y el desarrollo sostenible, de conformidad con las circunstancias y prioridades nacionales”.
En el caso del fondo de inversión NML Capital contra Argentina, el mundo está siendo testigo de un espectáculo poco común. Las consecuencias imprevisibles de la partida de un juez estadounidense de la interpretación tradicional de la cláusula “pari passu” ha desatado cuestiones jurídicas extraordinarias e inesperadas. Aunque muchos reconocen que un factor en esta situación ha sido la falta de principios de quiebra aplicables a los deudores soberanos, este factor parece ser ignorado notablemente cuando se trata de juzgar la reciente decisión de Griesa.
Un principio clave en la ley de bancarrota es la universalidad: los procedimientos de quiebra afectan a todos los activos y pasivos del deudor que la invoca. Es por ello que todos los acreedores están obligados a mostrar y hacer conocer sus reclamaciones al juez designado en un procedimiento de quiebra.
Con todo, la falta de un foro con autoridad para arbitrar las reclamaciones de deuda soberana de manera integral constituye una brecha abierta de la arquitectura financiera internacional y debemos esperar que la actual crisis dé lugar a más países a tomar en serio el establecimiento de uno. La resolución adoptada recientemente Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para iniciar negociaciones sobre un marco jurídico multilateral para la reestructuración de la deuda soberana es un paso en esa dirección. Podría convertirse en la primera línea de defensa para los deudores que tratan de protegerse de las minorías descontentas de los acreedores no aceptantes.