Observando la preocupación expresada en la declaración de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de los 77 y China sobre el tema “Hacia un nuevo orden mundial para vivir bien”, celebrada en Santa Cruz de la Sierra (Estado Plurinacional de Bolivia) los días 14 y 15 de junio de 2014, con respecto a los denominados “fondos buitre” y el carácter altamente especulativo de sus actividades, que constituyen un peligro para todos los procesos futuros de reestructuración de la deuda, tanto para los países en desarrollo como para los desarrollados.
Destacando, en este contexto, la importancia de establecer un conjunto claro de principios para gestionar y resolver las crisis financieras que tenga en cuenta la obligación de los acreedores de deuda soberana de obrar de buena fe y con espíritu de cooperación para pactar una reorganización consensuada de la deuda de Estados soberanos.
Reconoce la función que desempeñan las Naciones Unidas y las instituciones financieras internacionales, de conformidad con sus respectivos mandatos, y las alienta a que sigan apoyando los esfuerzos mundiales por lograr el desarrollo sostenible y una solución duradera del problema de la deuda de los países en desarrollo.
Decide elaborar y aprobar, mediante un proceso de negociaciones intergubernamentales y con carácter prioritario, en su sexagésimo noveno período de sesiones, un marco jurídico multilateral para los procesos de reestructuración de la deuda soberana con miras a, entre otras cosas, aumentar la eficiencia, la estabilidad y la previsibilidad del sistema financiero internacional, y lograr un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equitativo y desarrollo sostenible, de conformidad con las circunstancias y prioridades nacionales.